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¿Qué hacer cuando un familiar te deja dinero? Donación o préstamo entre particulares

Carlos Navarro

Recibir ayuda económica de un familiar es muy habitual, especialmente cuando se necesita dinero para comprar una vivienda, completar la entrada de una hipoteca o afrontar los gastos de la compraventa.

Unos padres pueden entregar 20.000 euros a un hijo para ayudarle a comprar su primera casa. Un hermano puede adelantar dinero temporalmente. O unos familiares pueden prestar una cantidad que se irá devolviendo poco a poco durante varios años.

En todos estos casos existe una cuestión importante que conviene resolver antes de mover el dinero:

¿Ese dinero se regala o hay que devolverlo?

La respuesta determina si estamos ante una donación o ante un préstamo entre particulares.

No son lo mismo y tienen consecuencias jurídicas y fiscales diferentes.

Por eso, realizar simplemente una transferencia bancaria sin documentar adecuadamente la operación puede provocar problemas posteriores con Hacienda y también generar dudas sobre el origen del dinero cuando se solicita una hipoteca.

En esta guía de FINANTTIS te explicamos las diferencias entre ambas opciones y qué debes tener en cuenta si un familiar va a ayudarte económicamente.

Índice

Lo primero: ¿te están regalando el dinero o tienes que devolverlo?

Esta es la pregunta fundamental.

Si tu familiar te entrega el dinero definitivamente y no espera recuperarlo, estamos ante una donación.

Si, por el contrario, existe el compromiso de devolver la cantidad recibida, aunque sea dentro de varios años y sin intereses, estamos ante un préstamo entre particulares.

La operación debe documentarse conforme a su verdadera naturaleza.

No debería formalizarse como préstamo una cantidad que realmente se está regalando únicamente para intentar evitar la tributación de una donación.

Opción 1: donación de dinero entre familiares

¿Qué es una donación?

Existe una donación cuando una persona entrega gratuitamente dinero a otra sin exigir su devolución.

Por ejemplo:

Unos padres entregan 25.000 euros a su hija para que pueda completar el dinero necesario para comprar una vivienda y no esperan que posteriormente les devuelva esa cantidad.

En este supuesto existe una donación.

La persona que recibe el dinero —el donatario— debe tener en cuenta el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y las obligaciones formales correspondientes.

¿Qué determina cuánto se paga por una donación?

La fiscalidad de una donación no puede calcularse únicamente mirando la cantidad entregada.

Hay varios factores que pueden modificar considerablemente el resultado.

Entre ellos:

  • la cantidad donada;
  • el grado de parentesco;
  • el patrimonio preexistente del beneficiario;
  • la comunidad autónoma competente;
  • las reducciones y bonificaciones aplicables;
  • el destino del dinero en determinados supuestos.

Por este motivo, dos donaciones por exactamente la misma cantidad pueden tener consecuencias fiscales diferentes.

El parentesco puede ser muy importante

Fiscalmente no tiene por qué recibir el mismo tratamiento una donación de padres a hijos que una realizada entre familiares con un parentesco más lejano.

La normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones clasifica a los familiares en diferentes grupos y las comunidades autónomas pueden establecer importantes beneficios fiscales.

Por eso, antes de realizar una transferencia elevada conviene comprobar la normativa aplicable al caso concreto.

La comunidad autónoma también importa

Este es uno de los aspectos más importantes de las donaciones.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedido a las comunidades autónomas y existen diferencias importantes entre territorios.

En las donaciones de dinero, con carácter general, resulta especialmente relevante la residencia habitual del donatario a efectos de determinar la Administración competente.

Por tanto, no debería calcularse una donación aplicando automáticamente las reglas de una comunidad autónoma diferente.

¿Cómo debe hacerse una donación de dinero?

Si un familiar quiere entregarte dinero definitivamente, resulta recomendable que toda la operación pueda acreditarse correctamente.

Es conveniente conservar:

  • el documento mediante el que se formaliza la donación;
  • el justificante de la transferencia bancaria;
  • la documentación que permita acreditar la procedencia de los fondos;
  • la autoliquidación del impuesto;
  • y, cuando corresponda, la escritura pública.

En la transferencia también resulta aconsejable utilizar un concepto que permita identificar claramente la operación.

¿Hay que declarar una donación aunque exista una bonificación?

Sí, cuando exista obligación de presentar la correspondiente autoliquidación.

Este es un error bastante habitual.

Que una comunidad autónoma establezca una reducción o una bonificación muy elevada no significa que podamos recibir el dinero y olvidarnos de declarar la operación.

En Andalucía, por ejemplo, las donaciones se autoliquidan mediante el modelo 651.

Además, para determinadas bonificaciones y reducciones deben cumplirse requisitos específicos de documentación, parentesco, destino del dinero o formalización.

¿Qué ocurre en Andalucía con las donaciones entre padres e hijos?

Andalucía cuenta con importantes beneficios fiscales para determinadas donaciones entre familiares próximos.

Entre ellos existe una bonificación del 99 % de la cuota para determinados familiares incluidos en los grupos previstos por la normativa, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.

Además, existen beneficios específicos para determinadas donaciones de dinero realizadas por ascendientes para que sus descendientes adquieran su vivienda habitual, sujetos a requisitos concretos.

Por tanto, si unos padres quieren entregar dinero a un hijo para comprar una vivienda en Andalucía, merece la pena estudiar la operación antes de hacer la transferencia, porque la forma de documentarla y el cumplimiento de los requisitos pueden resultar determinantes.

Opción 2: préstamo entre familiares

La segunda posibilidad aparece cuando el familiar quiere ayudarte económicamente, pero espera recuperar el dinero.

En este caso no existe una donación.

Estamos ante un préstamo entre particulares.

Y es perfectamente posible realizarlo entre padres e hijos, hermanos, abuelos, otros familiares o incluso personas sin relación de parentesco.

¿Qué es un préstamo entre particulares?

Es un acuerdo por el que una persona entrega una cantidad de dinero a otra con la obligación de que esta última la devuelva en las condiciones pactadas.

Por ejemplo:

Unos padres prestan 25.000 euros a su hijo para completar la entrada de una vivienda y acuerdan que devolverá 250 euros mensuales hasta reintegrar la cantidad prestada.

En este caso el dinero no se está regalando.

Existe una deuda que deberá devolverse.

¿Puede hacerse un préstamo familiar sin intereses?

Sí.

Un préstamo entre familiares puede pactarse sin intereses.

Es perfectamente posible que unos padres presten dinero a un hijo y únicamente quieran recuperar exactamente la cantidad entregada.

En ese supuesto resulta recomendable que el contrato establezca expresamente que el préstamo se concede al 0 % de interés.

Esto permite dejar clara la voluntad de las partes y las condiciones económicas de la operación.

¿Por qué conviene firmar un contrato?

Porque una transferencia bancaria únicamente demuestra que se ha enviado dinero de una cuenta a otra.

No explica necesariamente por qué se ha enviado.

El contrato permite acreditar que existe un préstamo y establecer sus condiciones.

Entre otros aspectos, debería recoger:

  • identidad del prestamista y prestatario;
  • cantidad prestada;
  • fecha de entrega;
  • forma de entrega del dinero;
  • plazo de devolución;
  • periodicidad de los pagos;
  • existencia o inexistencia de intereses;
  • forma de amortización;
  • posibilidad de devolución anticipada;
  • cualquier otra condición acordada.

Cuanto más clara sea la documentación, más fácil resultará acreditar la verdadera naturaleza de la operación.

¿Un préstamo entre familiares paga impuestos?

El préstamo entre particulares está sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pero se encuentra exento.

Esto significa que, aunque no exista una cuota tributaria que pagar por el préstamo, deben cumplirse las correspondientes obligaciones formales.

En Andalucía debe presentarse el modelo 600 indicando la exención.

Por tanto, conviene recordar una diferencia importante:

No pagar impuesto no significa que no haya que documentar o declarar la operación.

¿Cómo debería devolverse el dinero?

Si realmente existe un préstamo, debería existir también una devolución real.

Lo recomendable es realizar los pagos mediante transferencias bancarias que permitan seguir fácilmente el movimiento del dinero.

Por ejemplo, indicando como concepto:

“Devolución préstamo familiar”

De esta forma puede acreditarse:

  1. la entrega inicial del préstamo;
  2. la existencia del contrato;
  3. la presentación fiscal correspondiente;
  4. y las posteriores devoluciones.

¿Qué ocurre si firmamos un préstamo pero nunca se devuelve?

Este es uno de los principales problemas que deben evitarse.

Imaginemos que unos padres entregan 30.000 euros a un hijo.

Se firma un documento diciendo que existe un préstamo, pero pasan los años y:

  • nunca se devuelve ninguna cantidad;
  • no se cumplen los plazos;
  • no existen transferencias;
  • y los padres nunca reclaman el dinero.

Si la realidad demuestra que nunca existió intención de devolución, la Administración podría cuestionar que estemos realmente ante un préstamo y considerar que existe una donación.

Por eso un préstamo familiar debe ser real, no simplemente un documento firmado para justificar una transferencia.

Donación o préstamo familiar: principales diferencias

AspectoDonaciónPréstamo entre particulares
¿Hay que devolver el dinero?NoSí
NaturalezaEntrega gratuitaDinero entregado con obligación de devolución
FiscalidadImpuesto sobre Sucesiones y DonacionesITP-AJD, sujeto pero exento
¿Puede tener intereses?No procedeSí, aunque también puede pactarse al 0 %
Importancia del parentescoMuy relevante fiscalmenteNo determina la existencia del préstamo
DocumentaciónDonación + justificación bancaria + autoliquidación correspondienteContrato + transferencia + presentación fiscal
¿Debe existir devolución?NoSí
Utilidad habitualAyuda económica definitivaAyuda temporal que posteriormente será reintegrada

La diferencia esencial puede resumirse en una pregunta:

¿El familiar quiere recuperar el dinero?

Si la respuesta es no, estaremos normalmente ante una donación.

Si la respuesta es sí, estaremos ante un préstamo.

¿Qué opción es mejor si el dinero se utiliza para comprar una vivienda?

Depende de la verdadera intención de las partes.

Si unos padres quieren ayudar a su hijo entregándole definitivamente parte de sus ahorros para comprar una vivienda, lo correcto será estudiar la donación y su fiscalidad.

Si quieren recuperar ese dinero en el futuro, lo adecuado será formalizar un préstamo.

Pero cuando además se va a solicitar una hipoteca aparece una cuestión adicional.

El banco también necesita conocer de dónde procede el dinero que aporta el comprador.

¿Puede el banco preguntar de dónde procede el dinero?

Sí.

Imaginemos que tienes 15.000 euros en tu cuenta y, pocas semanas antes de solicitar una hipoteca, recibes una transferencia de tus padres por otros 40.000 euros.

La entidad puede necesitar conocer y acreditar la procedencia de esos fondos.

Tener correctamente documentada la operación permite justificar si esos 40.000 euros proceden de:

  • una donación;
  • un préstamo familiar;
  • u otro origen legítimo.

Por eso es especialmente recomendable organizar la ayuda familiar antes de llegar a las fases finales de la compraventa.

¿Un préstamo familiar puede afectar a la hipoteca?

Puede hacerlo.

Si tus padres te prestan 30.000 euros y tienes obligación de devolverlos, existe una deuda adicional.

El banco analiza las obligaciones económicas del solicitante para determinar su capacidad de pago.

Por tanto, no debería plantearse un préstamo familiar como si esos fondos fueran simplemente ahorro propio del comprador.

Una donación y un préstamo familiar pueden aportar exactamente la misma cantidad de dinero para comprar una vivienda, pero financieramente no representan lo mismo.

Ejemplo: tus padres te dan 30.000 euros para comprar una vivienda

Supongamos que quieres comprar una vivienda y necesitas otros 30.000 euros para completar tu aportación.

Tus padres están dispuestos a ayudarte.

Caso A: no quieren recuperar los 30.000 euros

La intención es entregarte definitivamente el dinero.

Estaríamos ante una donación y habría que estudiar y declarar la operación conforme a la normativa aplicable.

Caso B: quieren que devuelvas los 30.000 euros

Aunque te permitan devolverlos durante muchos años y no te cobren intereses, existe obligación de devolución.

Estaríamos ante un préstamo entre particulares.

Debería documentarse el préstamo, establecerse un calendario razonable de devolución y cumplir las correspondientes obligaciones fiscales.

La cantidad recibida es idéntica.

La diferencia está en si existe o no obligación de devolverla.

Errores frecuentes cuando un familiar te deja dinero

Recibir una transferencia y no hacer nada más

El movimiento bancario no explica por sí solo la naturaleza jurídica de la operación.

Disfrazar una donación como préstamo

Si realmente no existe intención de devolver el dinero, no debería formalizarse un préstamo ficticio.

Pensar que una bonificación significa que no hay que declarar

Una operación puede tener una tributación muy reducida y seguir existiendo obligaciones formales.

No presentar el préstamo porque está exento

Un préstamo exento puede seguir estando sujeto a presentación.

Devolver el préstamo en efectivo

Las transferencias bancarias proporcionan una trazabilidad mucho mayor.

No estudiar cómo afecta a la hipoteca

Si vas a utilizar el dinero para comprar una vivienda financiada, conviene analizar la operación familiar conjuntamente con la futura hipoteca.

Preguntas frecuentes sobre donaciones y préstamos familiares

¿Mis padres pueden darme dinero para comprar una casa?

Sí. Pueden hacerlo mediante una donación o mediante un préstamo, dependiendo de si existe o no obligación de devolver el dinero.

¿Mis padres pueden prestarme dinero sin cobrarme intereses?

Sí. Puede formalizarse un préstamo al 0 % de interés.

¿Hay que declarar un préstamo familiar sin intereses?

Sí. Aunque el préstamo entre particulares está exento de ITP-AJD, deben cumplirse las obligaciones formales correspondientes. En Andalucía se presenta mediante el modelo 600.

¿Qué modelo se utiliza para una donación?

En Andalucía, las donaciones se autoliquidan mediante el modelo 651.

¿Es mejor una donación o un préstamo?

No debería elegirse únicamente en función de cuál resulte fiscalmente más económico.

Depende fundamentalmente de la realidad:

  • si el dinero no se devuelve, es una donación;
  • si existe obligación real de devolverlo, es un préstamo.

¿Necesito un notario para hacer un préstamo familiar?

Un préstamo entre particulares puede documentarse mediante contrato privado, sin perjuicio de que las circunstancias concretas aconsejen otra forma de documentación.

¿Puede Hacienda considerar que un préstamo es una donación?

Puede cuestionar la naturaleza de la operación si la documentación y el comportamiento de las partes no se corresponden con un verdadero préstamo.

Por eso es importante que las devoluciones se realicen conforme a lo acordado y puedan acreditarse.

Antes de recibir dinero de un familiar, documenta correctamente la operación

La ayuda familiar puede ser decisiva para comprar una vivienda, especialmente cuando permite completar la entrada que el comprador no consigue cubrir únicamente con sus ahorros.

Pero recibir el dinero mediante una simple transferencia y preocuparse después de cómo justificarlo no es una buena estrategia.

Primero debería determinarse si existe donación o préstamo, analizar sus consecuencias fiscales y documentar correctamente la operación.

Y si ese dinero va a formar parte de una compraventa financiada mediante hipoteca, también conviene estudiar cómo influye en el conjunto de la financiación.

En FINANTTIS analizamos tu ahorro, ingresos, deudas y financiación necesaria para estudiar la viabilidad de la compra antes de presentar la operación a los bancos.

Si necesitas ayuda económica de tus padres o de otro familiar para comprar una vivienda, es preferible estudiar cómo estructurar la financiación antes de firmar arras o asumir compromisos económicos importantes.

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Sobre Carlos Navarro

Soy Carlos Navarro, abogado y bróker hipotecario dando de alta en Banco de España (D524), ayudo a personas y familias con su hipoteca en las provincias de Jaén, Córdoba, Granada, Almería y Ciudad Real. Soy un profesional independiente (que trabaja colaborando con todos los bancos) estoy especializado en hipotecas, préstamos y ASNEF/RAI. Mi trabajo consiste en buscar las mejores hipotecas y negociar las condiciones para mis clientes, ajustadas al perfil de cada uno y a cada situación económica. Además, soy especialista en hipotecas al 100%, para que no tengas que desembolsar todos tus ahorros en la compra de tu primera vivienda.

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